November 25, 2025
Cada Navidad, la gente llena sus balcones de luces y adornos. La ley de propiedad horizontal tiene algo que decir

 – La nación
Tecnología

Cada Navidad, la gente llena sus balcones de luces y adornos. La ley de propiedad horizontal tiene algo que decir – La nación

Sucede diciembre tras diciembre. A medida que se acercan las vacaciones, balcones, ventanas y fachadas se iluminarán con una mezcla de luces LED, guirnaldas, Papanoels Varios colgantes y adornos con temática navideña. Donde antes había una terraza sencilla y discreta, de repente surge una masa confusa de colores, luces y formas que hace saltar las hojas. una pregunta complicada: ¿Tienen los propietarios de apartamentos derecho a convertir sus balcones en pequeños parques de atracciones?

Para responder a esto es necesario acudir a la LPH.

Luces, dame (muchas) luces. Vigo es quizás el caso más conocido, pero son muchas las ciudades de España que en los últimos años han empezado a llenar sus calles con miles (o incluso millones) de luces navideñas, superando con creces las decoraciones vistas hace una década.

Este año, la ciudad gallega presume de haber distribuido casi 12 millones de LED en 460 distritos, y Madrid habla de ello 13 millonesen Alcalá de casi cincoen las zonas más transitadas de Málaga brillarán 2,7 millones…Y así en una larga lista de ciudades que encienden una guirnalda de luces especial cada Navidad.

¿Y qué pasa en los edificios? Los concejales no son los únicos que se dejan llevar por esta locura por la iluminación. Cada año hay personas que trasladan este esplendor de luces y adornos a sus hogares, tanto en el interior con árboles de Navidad, belenes o guirnaldas como en balcones y fachadas.

Si caminas por la mayoría de las ciudades en diciembre, verás gente llenando sus patios con LED de colores o incluso adornos que sobresalen de los balcones. El catálogo es extenso: Papanoels Colgantes, adornos de reyes magos subiendo escaleras o guirnaldas que caen de la fachada.

¿Podrán hacerlo? Una búsqueda rápida en Google muestra esto. esta pregunta renacido cada Diciembreque coincide con las fechas en las que la gente adorna sus hogares. ¿Puede el resto de mis vecinos prohibirme expresar mi pasión por la decoración navideña? ¿Existen límites cuando hablamos de decoración de balcones? ¿Si quiero decorar una zona común del edificio necesito el permiso de mis vecinos?

Son preguntas tan habituales que plataformas especializadas tanto en derecho como en mercado inmobiliario las han ido abordando en los últimos años. Hay dos casos claros Legalitas Y Foto casa.

Lo mejor: comunicación. Estas preguntas pueden parecer descabelladas, pero hay que tener en cuenta un hecho fundamental: los balcones, fachadas y tejados de un edificio no están en el mismo estado que el salón o la cocina de una casa.

Las terrazas, por ejemplo, suelen ser espacios para uso privado: Son de uso exclusivo del propietario del apartamento, pero en realidad son elementos comunes, por lo que el propietario no puede hacer con ellos lo que quiera. Sin ir más lejos antes de realizar cualquier trabajo qué recomendar Agencias como Reale deben consultar con la junta.

La misma lógica se puede aplicar a la decoración navideña a la hora de montar un gran espectáculo de luces o decorar la fachada. En primer lugar, es importante comprobar si los estatutos municipales regulan la estética exterior del edificio. Como recuerdan en LegalitasSi queremos colocar decoraciones que caractericen la acera, los espacios públicos o el mobiliario urbano, también es recomendable consultar previamente con el ayuntamiento. Porque el uso privado de estos espacios puede requerir permiso o incluso el pago de una tasa.

palabra LPH. Cuando hablamos de comunidades y convivencia, hay un estándar de referencia que siempre se debe tener presente: el Derechos de propiedad horizontal (LPH). El texto no trata específicamente sobre luces LED, árboles de Navidad, etc. Papanoels remolque, pero proporciona algunas pautas aplicables en estos casos. Uno de los artículos más claros sobre este tema es el séptimo, que aclara qué puede y qué no puede hacer exactamente el propietario de un apartamento o terreno:

“Podrá alterar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios del edificio siempre que ello no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, configuración o condición externa, ni afecte negativamente los derechos de otros propietarios, debiendo informar de tales trabajos a la persona que represente a la comunidad.”

“No se permite al propietario y ocupante del apartamento o inmueble realizar, en éste o en el resto del inmueble, actividades prohibidas por los estatutos, que dañen el inmueble o violen las disposiciones generales sobre actividades molestas, nocivas, nocivas, peligrosas o ilícitas”, añade la LPH en el mismo artículo. En caso de duda, se aplica la norma (refiriéndose a la Código civil) Recuerde que existen elementos sujetos a un régimen de “copropiedad”.

¿Por qué es importante? Aunque la redacción de la LPH puede ser general y no se refiere explícitamente a las decoraciones navideñas, sí aborda las cuestiones clave que pueden generar conflictos entre los distintos vecinos de una manzana. Más concretamente, subraya que ningún propietario puede “socavar” la “configuración y condición externa” del inmueble ni “perjudicar” a los restantes inquilinos.

Entonces, si decidimos convertir nuestros balcones en pequeños homenajes a la Navidad, primero debemos plantearnos una serie de preguntas: ¿Las decoraciones cuelgan o sobresalen lo suficiente como para influir en la “configuración externa” de la propiedad? ¿Es seguro instalar enchufes, cables y luces? ¿Podemos causar molestias si están muy cerca de la ventana de otro vecino?

“Por precaución”. Por ello, lo más recomendable es tener todos estos aspectos presentes y, sobre todo, estar al tanto de las normas internas de cada comunidad. Comunicarse también con los responsables. Entonces aconseja esto en elDiario.es Patricia Briones, del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).

“Cualquier vecino que desee instalar elementos decorativos en una zona común con carácter privado deberá, por precaución y para evitar conflictos, obtener el permiso de la autoridad”. enfatiza el expertolo que recuerda que “la decisión sobre la decoración de las zonas comunes corresponde a la junta de propietarios, la cual puede aprobar reglamentos internos sobre el uso y convivencia en las zonas comunes”.

“A falta de acuerdo específico o reglamento interno, la decoración de áreas públicas no está automáticamente permitida ni prohibida. La Junta tiene la autoridad para decidir si autoriza, restringe o prohibe este tipo de decoración.”

Imágenes | Gautam Krishnan (Unsplash) Y David Álvarez López (Flickr)

En Xataka | Abel Caballero tenía a su enemigo en la puerta: el plan de Portugal para ganar a Vigo en Navidad