
Las pensiones del ROP y las enfermedades graves fueron razones clave.
Las personas que padecen enfermedades graves y terminales están ahora en una situación más favorable, ya que pueden acceder anticipadamente a los fondos destinados a su pensión complementaria obligatoria (ROPC). Esta medida representa un alivio significativo para aquellos enfrentando problemas de salud críticos que han afectado su calidad de vida y estabilidad económica. El acceso temprano a estos fondos podría proporcionar un ingreso vital en momentos de necesidad extrema.
Recientemente, los diputados de la Legislatura dieron luz verde a un documento conocido como el 22,299. Este decreto se proyecta como un paso positivo, ya que tiene como objetivo facilitar la disponibilidad de estos fondos en situaciones donde las enfermedades graves son prevalentes. Es un cambio en la política que apunta a proporcionar apoyo financiero a aquellos que más lo necesitan durante períodos críticos de su vida.
El 27 de febrero, durante la primera discusión, se había aprobado el texto. Sin embargo, se decidió postergar la discusión para realizar modificaciones y mejorar su contenido, lo que indica el compromiso de los legisladores con brindar una legislación bien elaborada y efectiva. Se espera que esta misma semana el documento sea discutido en un segundo debate, donde se espera que se tomen decisiones finales sobre su aprobación.
Un aspecto destacado en esta legislación es que se acordó que una tercera persona, designada por el propietario de la cuenta del ROPC, podrá llevar a cabo el proceso de jubilación. Esto permite que familiares o representantes legalmente autorizados manejen los fondos, asegurando que la persona enferma no tenga que realizar trámites complicados en un momento de vulnerabilidad.
Este conjunto de reformas, impulsado por la Confederación Reforma 22, es parte de un esfuerzo más amplio que abarca la protección de los derechos de los trabajadores y el fortalecimiento de su bienestar. Así, el artículo 22 de esta reforma establece lo siguiente:
“Artículo 22
Los beneficiarios pueden optar por retirar hasta 60 meses de sus fondos o proceder con un retiro total, siempre y cuando se encuentren bajo alguna de las siguientes condiciones, cumpliendo además con los requisitos establecidos:
a) Diagnóstico de enfermedad terminal, adecuadamente calificado por la CCSS;
(b) Diagnóstico de una grave condición de salud o accidente que conlleva cambios significativos en el estado de salud del individuo, indicando un alto riesgo de muerte, y donde los tratamientos disponibles, basados en evidencia científica, ofrecen escasas probabilidades de prolongar su vida, según lo calificado por la CCSS.
Es crucial que la CCSS valide cualquier decisión relacionada con el estado de salud de un paciente crítico o terminal, a través del médico tratante. Esto asegura que aquellos que reciben el retiro anticipado se encuentren verdaderamente en condiciones que justifiquen esta medida. En caso de que la unidad correspondiente emita regulaciones adicionales, se definirán claramente los médicos autorizados para emitir los certificados necesarios.
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