
Proyectos implementados para facilitar aportes de infraestructura y equipamiento policial al Ministerio de Seguridad.
La reciente sesión legislativa, durante el primer debate, logró la aprobación unánime del proyecto de ley presentado, con el respaldo de los representantes alternativos. Este proyecto de ley, registrado con el número 24,081, tiene como objetivo facilitar la colaboración mediante la entrega de bienes raíces, muebles y servicios a partidos políticos, tanto públicos como privados, con el propósito de beneficiar al Ministerio de Seguridad Pública.
Este relevante proyecto fue impulsado por el público Daniel Vargas, quien ha abogado por una reformulación del Artículo 6. BIS de la vigente Ley de Policía General. La modificación que se pretende establecer busca adaptarse a las necesidades actuales de los cuerpos de seguridad y mejorar su operatividad.
El texto de la propuesta despliega las siguientes iniciativas:
“Las entidades gubernamentales, públicas, privadas o instituciones, así como los municipios y organizaciones de desarrollo social que se encuentran en el marco de la ley 3859, conocida como ley de desarrollo comunitario, promulgada el 7 de abril de 1967, podrán realizar contribuciones en forma de bienes raíces, mobiliario y en la reparación de servicios y equipos. Asimismo, se prevé la posibilidad de aportar para mantenimiento, reparaciones y dotación de material para vehículos, así como la creación de espacios para la extensión y adaptación de los equipos policiales. Esto se extiende a productos destinados a la construcción, reparación y equipamiento de operaciones policiales.”
De manera importante, las contribuciones pueden ser incondicionales; sin embargo, las autoridades competentes deberán validar el origen de los productos ofrecidos antes de proceder a su aceptación.
El texto también especifica que “las donaciones provenientes de entidades naturales o jurídicas asociadas con la confidencialidad del servicio de inteligencia podrán ser rechazadas, especialmente si se activa un flujo financiero de origen cuestionable, o si estas entidades han sido condenadas por delitos como el contrabando de drogas, la legitimidad del capital o fraudes a la ciudadanía”.
Daniel Vargas es un portavoz de la iniciativa. (Cortesía/Sesión Legislativa).
Exclusiones importantes
Se prevé que una nueva discusión sobre el proyecto se lleve a cabo el 19 de mayo, seguido de la firma de la Ley en el edificio presidencial. Es crucial señalar que las contribuciones y servicios destinados a la policía no deben “representar un riesgo para el trabajo de seguridad o la información que el Director del Ministerio de Seguridad Civil o el Jefe de la Policía haya manejado”.
Por esta razón, se establecen ciertas exclusiones para las contribuciones, con el fin de mantener la integridad y la confidencialidad de las operaciones. Las exclusiones incluyen:
- – Servicios relacionados con la gestión de datos del establecimiento, mantenimiento de equipos técnicos o acceso a información confidencial de la agencia.
- – Servicios que puedan obstaculizar el desarrollo de las operaciones diarias o especiales de la organización.
- – Servicios que busquen proporcionar personal para operaciones diarias o especiales relacionadas con la seguridad pública o nacional.
- – Servicios destinados a la gestión de armamento dentro de la agencia.
- – Cualquier tipo de servicios que puedan poner en riesgo la seguridad pública.