
Inmunidad de Chaves: el tribunal solicita levantar la privacidad del presidente – La nación
Después de 15 a 7 votos, la Corte Suprema votó para pedirle a la sesión legislativa que levantara la inmunidad del Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles.
La solicitud está vinculada a la acusación presentada por el Ministro de Justicia el 7 de abril contra Chaves y contra el Ministro de Cultura, Jorge Rodríguez Vives (anteriormente jefe de la Oficina Presidencial y luego el Ministro de Comunicaciones), que también pidieron que retiraran la protección.
Ambos están acusados del crimen por conmoción cerebral, previsto en el artículo 355.
Para ser miembros del poder supremo, el proceso es seguido por regulaciones especiales. Esto incluye la acusación del Ministro de Justicia, Carlo Díaz, y el procesamiento que supervisa el Tribunal Parlamentario, que en este caso actúa como un tribunal.
Debe tenerse en cuenta que, como parte del procedimiento, III, la Cámara III, tuvo de antemano un análisis de la acusación. Esto terminó a mediados de mayo y serviría como guía para las decisiones posteriores.
Hipótesis del fiscal
La causa contra Chaves y Rodríguez se procesa en la lista 25-000019-0033-PE.
Esto investigó claramente el reclutamiento personalizado del fabricante de la compañía RMC LA SA, para que proporcione comunicación, marketing, formulación de políticas, asesoramiento, producción de mensajes y análisis de desarrollo de opinión para la Oficina Presidencial de la República de Costa Rica, que corresponde al período 2022-2026.
Según el ensayo de la fiscalía, “el Sr. Christian Bulgarelli fue obligado y alentado a proporcionarle beneficios patrimoniales innecesarios, el producto de la Central América para la integración económica, el asesoramiento de Coimpu”, para la compra de una casa “.
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“Antes del proceso de reclutamiento, los funcionarios contactaron y varias reuniones en el edificio presidencial. Al instruir a Bulgarelli, él implementa los términos de su contrato”, agrega la oficina del fiscal.
Este movimiento, según la oficina del fiscal, debe ser diagnosticado como una conmoción cerebral, con una penalización de 2 a 8 años. Esto se formaría cuando “un funcionario público que abusa de sus trabajos forzará o alentará a alguien a dar o prometer innecesariamente, para él o un tercero, propiedad o beneficios de propiedad”.
Dos archivos adicionales y “testigo de la corona”
De la explicación anterior hay dos nombres adicionales: Giovanni Bulgarelli y Federico Cruz (conocidos como “Choreco”).
El “Criterio de oportunidad”, controlado “, controlado en el Artículo 22. Código de código.
Esto le permite obtener algunos delitos, el acusado se convierte en trabajador de la corte. A cambio de algunos beneficios, esto proporciona información clave para explicar el hecho investigado y el papel de otros acusados.
Verifique más: la habitación III se refiere al tribunal en el informe completo sobre la solicitud de privacidad del presidente Chaves
En este contexto, Bulgarelli tiene una lista de 25-000043-0033-PE. Solicitará una suspensión de la acción criminal hasta que la configuración final esté en el proceso.
Sobre Cruz, que no es un funcionario público, se afirma que “los casos penales se siguen 25-000044-0033-PE”.
¿Chaves renunciará a la privacidad?
Una introducción a la acusación había abierto el debate sobre si Chaves, por sí solo, podría renunciar a la inmunidad.
“Existe la posibilidad de que estemos considerando, las ventajas y en contra de ellos para evitar el programa que quieren hacer con esto. Luego, simplemente renuncia a la inmunidad a esta causa y lo enfrenta en la jurisdicción normal”, dijo José Miguel Villabos, un abogado, también al presidente de April.
“O nos tomamos el tiempo para ver cuánto progreso en la tercera cámara donde lo pasaron para hacer como una especie de instrucciones. Luego tienes que ir a la corte completa, veremos si le darán al fiscal para explicar la acusación y darnos la audiencia.
Si no se encuentra, esa decisión serán los suplentes que la administran. En MP, Un mínimo de 38 votos tendría que tomar esa jurisdicción del presidente.